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ministro bulnes apura quiebre constitucional


columna de lísperguer
Ministro Bulnes lamenta que Carabineros no haya desalojado a manifestantes en el Senado.

No va a ser necesario que el ministro Bulnes siga trabajando con más o menos fuerza porque después de estas porfiadas declaraciones no tendrá más remedio que marcharse a casa. El conflicto estudiantil se prolonga durante meses y este ministro no tiene nada más que ofrecer que represión e insultos. Que el 80% de la ciudadanía rechace la posición y maniobras del gobierno e insista en que apoya una educación pública, gratuita y de calidad debería llevar al ministro a emplear mayor cautela y moderación a la hora de hablar del movimiento por la reforma: está tergiversando e insultando a la inmensa mayoría de los chilenos.
Pero tocando el fondo del asunto, creo que el senador Girardi actuó bien al no admitir que fuerzas especiales desalojaran a los manifestantes en el Senado. Creo que se puede entender que no es admisible que grupos de ciudadanos ocupen las tribunas de la institución a gritar lemas y desplegar lienzos, interrumpiendo la sesión. Pero el ministro se retiró de la sesión apenas entraron los estudiantes, sin oír sus reclamos ni enterarse si pensaban quedarse o si, expresados sus reclamos, marcharse pacíficamente. Esa conducta arrogante de un ministro que escribe diálogo con bombas lacrimógenas e indiscriminadas y salvajes agresiones contra manifestantes, muchos de ellos niños, es derechamente inadmisible.
Conociendo la brutalidad de las fuerzas especiales, que golpean arbitraria e innecesariamente, arrojan bombas y a veces hasta asesinan a sangre fría a manifestantes y a cualquiera que les parezca que tiene cara de pobre, llamarlas a desalojar o permitir su ingreso era una garantía segura de convertir el Senado en un campo de batalla donde las víctimas serían, como siempre, ciudadanos indefensos y desarmados haciendo frente a matones embrutecidos. Con un Senado lleno de gas lacrimógeno, confusión y gritos, heridos sangrando y madres y padres defendiendo a sus hijos de los ataques de los pacos asilvestrados, continuar con la sesión habría sido derechamente imposible. El remedio que proponía el ministro era ciertamente peor que la enfermedad.
Pero el incidente deja en claro la escasa capacidad del ministro, su arrogancia y su terrible impericia. Ahora, ciertamente, no podrá ser considerado un interlocutor válido en las negociaciones con estudiantes y profesores, y en realidad con todo Chile, por lo que debería marcharse. El ministro tiene al país al borde de un quiebre constitucional y su arrogancia y falta de tino obligará a los legisladores que están a favor de la reforma a endurecer sus posturas. Este gobierno bien podría terminar antes de su mandato legal.
lísperguer

memorias en parque por la paz


Parque por la Paz Villa Grimaldi presentó audiovisual ‘Memorias’. En el contexto del III Seminario de Pedagogía de la Memoria fue presentado el audiovisual ‘Memorias’ por el Programa Archivo Oral de la Corporación Parque por la Paz Villa Grimaldi en la sede del Instituto de Estudios Avanzados de la USACH.
Santiago, Chile. La producción ‘Memorias’ es el cuarto audiovisual de la colección de testimonios del Archivo Oral de Villa Grimaldi. Antes fueron producidos ‘Fragmentos’ y ‘La importancia de testimoniar’, además de tres micro documentales  pedagógicos incluidos en la colección ‘Cuadernillos Docentes’ del Área de Educación, que se encuentran disponibles en www.villagrimaldi.cl
‘Memorias’, atraviesa la historia reciente de Chile a través del análisis y reflexión de algunos ejes temáticos de los últimos 40 años. La participación popular, el día del golpe, la represión y la resistencia en Villa Grimaldi, los detenidos desaparecidos, son algunos de los contenidos de este relato audiovisual, elaborado en base a la selección de testimonios de sobrevivientes hombres y mujeres de Villa Grimaldi.
El Archivo Oral, inaugurado en enero pasado, es una iniciativa de la Corporación Parque por la Paz Villa Grimaldi con la colaboración del Instituto de la Comunicación e Imagen de la Universidad de Chile (ICEI) y tiene como objetivo el constituir un archivo testimonial referido a la historia de Villa Grimaldi (ex Cuartel Terranova de la DINA), centro clandestino de detención, tortura y desaparición de la Dictadura Militar.
La colección está compuesta por 145 cápsulas que en  enero próximo ascenderán a 164, totalizando alrededor de 500 horas de grabación. Ellas contienen entrevistas en profundidad  a ex detenidos y detenidas, familiares y expertos en la materia etc. El  archivo esta en formato mini DVD y en promedio cada una de estas capsulas tiene una duración aproximada de 3 horas; son de consulta pública y están dirigidas a estudiantes, profesionales, investigadores y público en general de Chile y el mundo.
El lanzamiento de esta nueva producción lo realizó la coordinadora del Programa Archivo Oral, la antropóloga Loreto López junto a su colega Claudia Fernández. López señaló que el audiovisual presentado "servirá también para interesar a los espectadores en la colección del Archivo Oral, e interiorizarse en los temas y los contextos aludidos (...) puede servir de arranque para conversaciones y debates sobre el pasado reciente y como apoyo a la labor docente".

Testimonios
Los testimonios entregados perteneces a personas que hoy son profesoras, médicos, artesanos, economistas e incluso "estudiantes" y la  mayoría supera los 50 años. En las entrevistas hablan de sus proyectos de vida y militancias previas al golpe de Estado y las duras experiencias vividas durante la dictadura, en particular lo que vivieron  en Villa Grimaldi. En esos relatos también hay referencias al término de la dictadura y los años de transición. En la actualidad la colección de Archivo Oral, existente en el Parque por la Paz Villa Grimaldi, no siendo la única, con certeza es la más valiosa existente en nuestro país en número de testimoniante y duración de las entrevistas.
21 de octubre de 2011
20 de octubre de 2011
©la nación

piden cárcel común para díaz bessone


Piden perpetua para Díaz Bessone y la patota, y que vayan a una cárcel común.
Argentina. El fiscal federal Gonzalo Stara -que investiga los crímenes de lesa humanidad cometidos en el centro clandestino de detención que funcionó en el Servicio de Informaciones (SI) de Rosario- pidió ayer condenas de prisión perpetua para el ex comandante del Segundo Cuerpo del Ejército, Ramón Genaro Díaz Bessone, y para el ex oficial de policía José Rubén Lofiego acusados por 91 casos de privación ilegítima de la libertad, tormentos y 17 casos de homicidio de personas secuestradas durante la última dictadura. En tanto solicitó la pena de 25 años de prisión e inhibición absoluta para los otros tres ex policías Mario Marcote, José Scortecchini y Ramon Vergara, así como la absolución de Ricardo Chomicki, el sexto acusado en ese expediente, un civil señalado por su presunta complicidad con los represores de la última dictadura.
Stara pidió que los imputados cumplan la pena de prisión en cárcel común bajo la órbita del Servicio Penitenciario Federal, de acuerdo a lo establecido por la Resolución 444 del Ministerio de Defensa de la Nación. El fiscal solicitó en relación a Díaz Bessone que se le revoque la prisión domiciliaria de la que goza, y reclamó al Tribunal que al dictar la sentencia se ordene la inmediata detención de los imputados.
El representante de la Unidad Fiscal solicitó que se remitan copias de las declaraciones de algunos de los testigos del juicio oral al Juzgado Federal Nº4 de esta ciudad, a los fines de que se investigue el posible delito de tormento contra menores que estuvieron detenidos en el SI mientras sus padres permanecieron allí. "Entendemos que esas condiciones de detención configuran el delito de tormentos", dijo. Entre otros, mencionó los casos de los hijos de Nelly de Larrosa, María Luchetti, Estela Bernal y Francisca de Espinoza, quienes estuvieron en cautiverio en el SI durante las detenciones de sus progenitores.
Stara también solicitó las copias pertinentes para que se tome indagatoria a todos los integrantes del Centro de Operaciones Tácticas del Comando del II Cuerpo, "cuya ineludible responsabilidad surge de la descripción de la cadena de mandos que transmitía las órdenes que permitían la implementación del plan genocida". El Tribunal pasó a un cuarto intermedio hasta el 2 de noviembre próximo, cuando comiencen los alegatos de las defensas de los imputados.
21 de octubre de 2011
20 de octubre de 2011
©rosario 12

bignone se negó a declarar


El último dictador está procesado por delitos de lesa humanidad.
Argentina. El Tribunal Oral en lo Federal 2 (TOF2) inició la primera jornada del juicio por secuestros, torturas y desapariciones en el Hospital Posadas ocurridas durante la dictadura y por el que están acusados los civiles Luis Muiña y Argentino Ríos, el ex brigadier Hipólito Rafael Mariani y el último dictador Reynaldo Bignone, quien a sus 83 años enfrenta el cuarto proceso en su contra por delitos de lesa humanidad.
Los cuatro acusados son enjuiciados por 22 casos de privaciones ilegales de la libertad, desapariciones y tormentos ejecutados por una patota represiva autodenominada "Swat", que operó dentro del hospital de Haedo, el más grande de la zona oeste del Conurbano bonaerense. Por entonces, Bignone era delegado de la Junta Militar en el área de Bienestar Social; Mariani ocupaba la jefatura de la Brigada Aérea del Palomar, mientras Muiña era integrante de los Swat", y Ríos trabajaba de portero del Posadas.
Al expresidente de facto se lo imputa como responsable del operativo ocurrido la madrugada del 28 de marzo de 1976, en el que fue tomado el centro asistencial con tanques y helicópteros, con la excusa de que allí funcionaban "postas sanitarias de la guerrilla". Esa misma noche fueron secuestrados el director médico, Julio César Rodríguez Otero, junto con otros colegas.
Durante el juicio se debatirán 22 casos de secuestros y torturas. A la audiencia de hoy concurrió la sobreviviente y querellante Gladys Cuervo, quien era enfermera del área de traumatología y pasó 58 días secuestrada en ‘El Chalet’ y la Base Aérea de Morón.
21 de octubre de 2011
20 de octubre de 2011
©página 12

víctimas del terrorismo de estado


Reparación del daño. Integrantes del Centro de Asistencia a Víctimas de Violaciones de Derechos Humanos Dr. Fernando Ulloa reexaminan el concepto de "daño", y nociones como la de "estrés postraumático", a partir de su experiencia de trabajo en la reparación y acompañamiento a víctimas del terrorismo de Estado.
[Juliana Serritella *, Sabrina Balaña **, Federico Kaski Fullone *** y Javier Rodríguez ****] Argentina. La representación de trabajo que defendemos desde el Centro Ulloa se basa en una mirada fundamentalmente reparatoria. Debe bregar por la presunción del daño que provocaron los delitos de lesa humanidad cometidos por el Estado terrorista, por la no revictimización de la persona asistida y por el rol protagónico del Estado en el reconocimiento de lo ocurrido, de sus consecuencias y en la responsabilidad de aportar las pruebas.
Desde una perspectiva objetiva, el daño se define como el menoscabo que, a consecuencia de un acaecimiento o evento determinado, sufre una persona, ya en sus bienes vitales naturales, ya en su propiedad, ya en su patrimonio. En la década de 1960, se introduce el concepto de daño a la persona: la persona es un proyecto de vida y todo lo que afecte a ese proyecto configura un daño a la persona. Se lo denomina también "daño no patrimonial", "biológico", "a la salud", "extraeconómico", "a la vida de relación", "inmaterial", "a la integridad psicosomática", "no material".
El ensayo de Fernández Sessarego "Daño moral y daño al proyecto de vida" advierte que éste constituye un daño radical en tanto lesiona "nada menos que la libertad del sujeto en cuanto se traduce objetivamente en la realización personal. El daño incide en el proyecto existencial por el cual optó la persona en tanto ser libre".
En resumen, inicialmente el sistema clásico fue armado sobre la noción de patrimonio. Las normas jurídicas se preocuparon por su inviolabilidad. Pero en los últimos tiempos la noción de persona se ha situado en el eje del sistema de responsabilidad civil, considerándola por lo que ella es. Los estándares internacionales definen la reparación de un modo integral, poniendo el acento no sólo en el aspecto pecuniario, sino fundamentalmente en el aspecto simbólico. La reparación simbólica incluye las garantías de no repetición, la atención médica, psicológica, jurídica y social.
En este marco puede ubicarse el cuadro de "trastorno por estrés postraumático (TEPT). Ya en la Grecia clásica se registran descripciones compatibles con éste: Hipócrates menciona pesadillas relacionadas con los combates, en soldados sobrevivientes de batallas. Pero no fue sino hasta el siglo XIX cuando el trauma psíquico comenzó a atraer intensamente el interés científico. Las primeras descripciones en la literatura médica sobre las consecuencias de exposición a situaciones traumáticas datan de mediados del siglo XIX en Francia e Inglaterra, en el período posterior a la Primera Revolución Industrial, principalmente ligadas a accidentes ferroviarios.
Una constante, en la historia de la caracterización de este cuadro, ha sido su aparición asociada a diferentes conflictos bélicos. Alrededor de 1870 se describe lo que dio en llamarse "corazón de soldado" o "corazón irritable". Pocos años después, en 1884, H. Oppenheim describe, en Alemania, un estado que llamó neurosis traumática, en víctimas de accidentes ferroviarios. Con la Primera Guerra Mundial, este cuadro se vuelve claramente visible, recibiendo la denominación de "neurosis de combate" o "fatiga de combate". Luego de la Segunda Guerra Mundial, se creó el término "grave reacción al estrés de los veteranos de guerra". Tras la guerra de Vietnam, esta problemática se hace aún más visible a través de la militancia de los ex combatientes, que motiva un nuevo impulso en la investigación médica sobre las consecuencias traumáticas de los conflictos bélicos. Esto terminará configurando, en 1980, el Trastorno por Estrés Postraumático.
Uno de los peligros que conlleva la falta de discriminación de las condiciones traumáticas es la tendencia a culpabilizar a la víctima: en lugar de interpretar las manifestaciones psicológicas de la persona afectada como respuesta a una situación traumática, frecuentemente se las atribuye a una presunta psicopatología subyacente, que la llevaría a buscar el encuentro con el hecho traumático: diagnósticos de personalidad dependiente, masoquista o autodestructiva llegan así a estigmatizar a quienes, en realidad, padecen las consecuencias de este tipo de hechos traumáticos.
Habría que señalar, primero, que el carácter traumático no es efecto sólo del hecho objetivo, sino del sentido que el mismo tiene para los sujetos. Por ejemplo, en su estudio sobre las condiciones subjetivas de los prisioneros de los campos de concentración alemanes, Bruno Bettelheim señala las distintas respuestas de los mismos según fueran militantes políticos, personas que habían estado detenidas previamente por actos delictivos, a simples ciudadanos de clase media. Dice: "...la gran mayoría de los prisioneros de clase media sin militancia política fueron menos capaces de resistir el choque inicial. Se sentían profundamente incapaces de comprender qué les había sucedido" ("Conducta individual y social en situaciones extremas". En Psicología del torturador, Buenos Aires, Rodolfo Alonso Editor, 1973).
Segundo, a diferencia de la idea original de trauma, que refiere a un hecho o acontecimiento disruptivo, las situaciones padecidas por las víctimas de terror de Estado se han prolongado en el tiempo y contienen muchos episodios puntuales disruptivos. En el caso de los procesos de restitución de identidad de jóvenes que fueron niños apropiados durante la dictadura, el "episodio traumático" es en realidad un proceso en el cual ha transcurrido buena parte de su vida. En el caso de familiares de desaparecidos, o de familiares que buscan a los niños apropiados, el hecho tiene continuidad en el presente y no cesa de ocurrir; de allí que, en el ámbito jurídico, se los considere delitos imprescriptibles. Así como para la Justicia estos crímenes son imprescriptibles, también lo son para la salud mental, dado que el hecho traumático no cesa de ocurrir y que el padecimiento no se limita al hecho traumático.
En consonancia con el planteo anterior, vemos que el trastorno por estrés postraumático no da cuenta de las múltiples manifestaciones sintomatológicas del trauma prolongado ni de las profundas y persistentes alteraciones en la personalidad que éste provoca.
El concepto de trastorno por estrés postraumático, cuya historia está ligada principalmente a situaciones bélicas y de traumas puntuales, no parece suficiente para dar cuenta del daño sufrido por una persona víctima del terrorismo de Estado, entre otros motivos por las características de permanencia y continuidad en el tiempo de este trauma. Y una limitación de este concepto es su falta de consideración por el sentido que los hechos traumáticos tienen para la víctima. En el caso particular de los crímenes de lesa humanidad, afectan intensa y directamente la dignidad de la persona y su proyecto de vida, siendo de esta manera sus efectos duraderos en el tiempo.
La conceptualización de TEPT tiende a concebir al trauma como un evento único, siendo sus principales características clínicas la presencia del evento traumático, su reexperimentación, las conductas evitativas y los síntomas de activación. En cambio, aquí nos estamos refiriendo a situaciones de enorme intensidad y repercusión, que permanecen operando en el tiempo y que, pensamos, más que ser reexperimentadas, resultan cada vez en nuevas consecuencias.
Por último, en un dato que nos resulta importante destacar, el trauma desde la concepción del TEPT elude el contexto de producción del mismo, al tiempo que lo sitúa en un plano exclusivamente individual. Resulta fundamental, para una mirada que contemple el trauma, pero sobre todo el daño con fines reparatorios, el poder contextualizar su acaecimiento y los sentidos tanto individuales como sociales que tiene para las víctimas.
En este contexto cobra importancia el efecto reparatorio simbólico de las políticas que, desde el Estado, corran la problemática del plano puramente individual.

La Dignidad del Sujeto
El nacimiento de los derechos humanos se da en el contexto del final de la Segunda Guerra Mundial, a partir del genocidio provocado por el Holocausto nazi. Hasta ese momento, el derecho internacional reconocía derechos a los prisioneros de guerra (por ejemplo, a ser protegidos contra la tortura y a un trato digno), pero no así a los habitantes de cada Estado. Es a partir de este momento, entonces, que el derecho internacional comienza a regular las relaciones entre los Estados y sus ciudadanos y entre los ciudadanos entre sí. Si bien, en relación con su origen en el contexto del derecho internacional, el discurso de derechos humanos aparece ligado al discurso jurídico, pensamos que lo excede.
En la historia de nuestro país y en Latinoamérica, el concepto de derechos humanos ha cambiado su significación luego de las dictaduras militares, quedando ligado al terrorismo de Estado y los crímenes perpetrados durante ese período. En el caso particular de los delitos de lesa humanidad, la valoración del daño padecido por las víctimas de estos delitos implica una práctica subjetivante, que apunte a restablecer la dignidad del sujeto, como parte fundamental del proceso de reparación integral.
Uno de los instrumentos que la ONU ha recomendado para el abordaje de la evaluación de las víctimas de tortura es el Protocolo de Estambul. Este documento, en el apartado referido a la evaluación psicológica, afirma que las consecuencias psicológicas de la tortura hacen su aparición en el contexto del significado que personalmente se le dé, del desarrollo de la personalidad y de los factores sociales, políticos y culturales.
Se trata de ampliar la perspectiva de la evaluación a una posición ética fundamentada en el significado y sentido del vivir, quebrantado por efecto de las violaciones a los derechos humanos perpetradas por el Estado. El sufrimiento es componente esencial en el cambio experimentado en la esfera de la existencia; luego del evento violento adviene el sinsentido y la carga que representa vivir de acuerdo con ese nuevo sentido, dejando al sujeto librado a una sensación de vulnerabilidad, abandono, culpabilidad, impotencia, negación, miedo y falta de control de la situación (Díaz Colorado, F.: "Peritaje forense en delitos de lesa humanidad", en http://www.psicologiacientifica.com; 2007). El crimen de lesa humanidad atenta contra la dignidad y el proyecto de vida, lo cual conduce a una existencia de dolor y sufrimiento, con efectos sobre las generaciones futuras. Se desprende la obligación del Estado de asumir la responsabilidad de lo ocurrido a través de una política pública reparatoria.
[* Coordinadora del Área de Terrorismo de Estado del Centro de Asistencia a Víctimas de Violaciones de Derechos Humanos Dr. Fernando Ulloa, dependiente de la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.]
[** Médica generalista.]
[*** Médico psiquiatra.]
[**** Médico psiquiatra.]
[Texto extractado del trabajo ‘Evolución y utilización del concepto de daño.’
21 de octubre de 2011
20 de octubre de 2011
©página 12

francia prohíbe veganismo


Gobierno francés prohíbe el vegetarianismo en las escuelas. Industria ganadera se sale con la suya y convierte en obligatorio el consumo de proteínas de origen animal.
[Renato Pichler] París, Francia. Una orden gubernamental1 emitida el 2 de octubre de 2011 determina que todos los platos servidos en cantinas escolares en Francia deben contener productos animales, y que la carne y el pescado deben servirse según un esquema de frecuencia mínima. Esto implica que, por ley, de ahora en adelante los vegetarianos no podrán comer en escuelas privadas o públicas francesas.
Seis millones de escolares se verán obligados a comer carne animal, lo quieran o no. Para muchas familias, almorzar en casa no es posible. En el mejor de los casos, un estudiante vegetariano podrá dejar la carne en el plato, y consecuentemente consumir comidas inadecuadas y no balanceadas.
Después de la ley aprobada el año pasado por el Parlamento francés,2 dentro de poco se adoptarán decretos similares con respecto a todas las formas de servicios gastronómicos, desde kindergarten y hospitales hasta prisiones y residencias de ancianos. El vegetarianismo será así prohibido para una gran parte de la población.
Estas medias persiguen ostensiblemente asegurar la calidad nutricional de las comidas. Se impone la carne animal como la única fuente de proteínas de buena calidad y de hierro y de los productos lácteos como las únicas fuente de calcio, pese al hecho de que todos estos nutrientes pueden ser obtenidos en cantidad y calidad adecuadas de fuentes vegetales y minerales. El hecho internacionalmente reconocido de que dietas vegetarianas planificadas apropiadamente, incluyendo el vegetarianismo total o las dietas veganas, son sanas, nutricionalmente adecuadas y ofrecen beneficios sanitarios en la prevención y tratamiento de algunas enfermedades y que dietas vegetarianas bien planificadas son apropiadas para los individuos durante todas las fases del ciclo de vida, incluyendo la preñez, la lactancia, la infancia, la niñez y la adolescencia, y para atletas,3 son derechamente desdeñadas.
Ninguna consideración práctica justifica la prohibición total del vegetarianismo incluso en cantinas donde la administración está dispuesta a ofrecer alternativas veganas o vegetarianas. Estos decretos constituyen una violación arbitraria de los derechos de los ciudadanos vegetarianos de Francia.
La Unión Vegetariana Europea desea señalar que la decisión tomada por muchos ciudadanos de no consumir animales no es un mero capricho dietario o una opción inconsecuente de estilo de vida, sino que se deriva, para muchos de ellos, de creencias profundas sobre el modo en que deben ser tratados los animales. Un gobierno democrático no puede restringir arbitrariamente las creencias de sus ciudadanos ni sus prácticas. La Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, que es vinculante para los estados miembros, incluyendo Francia, sostiene que "toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Este derecho implica la libertad de cambiar de religión o de convicciones, así como la libertad de manifestar su religión o sus convicciones individual o colectivamente, en público o en privado, a través del culto, la
enseñanza, las prácticas y la observancia de los ritos."4
El debate público sobre los derechos animales y la condición moral de los animales es actual en Francia y en muchos otros países. Los ciudadanos tienen derecho a elegir libremente qué posición asumir en estos asuntos, y aquellos que creen que no pueden, en conciencia, aceptar comer animales no deben ser por ello discriminados.
Un gobierno no puede resolver el debate filosófico, ético y político restringiendo los derechos de los que disienten con su propia posición. Durante años, la política oficial del gobierno francés ha sido abiertamente hostil al vegetarianismo.5 El ministro de Agricultura francés, Bruno Lemaire, declaró en enero de 2010 que el objetivo del gobierno en la determinación de su política nutricional era defender el modelo agrícola francés y específicamente contrarrestar iniciativas como las de Paul McCartney que ha llamado a reducir el consumo de carne.
La Unión Vegetariana Europea demanda que los recientes decretos del gobierno prohibiendo el vegetarianismo en las cantinas escolares sean derogados y que el gobierno francés respete los derechos civiles de sus ciudadanos vegetarianos.

Notas
1 Decreto n° 2011-1227 del 30 de septiembre de 2011.

2 Ley de Modernización de la Agricultura y la Pesca, promulgada el 27 de julio de 2010.

3 Declaración de la Asociación Dietética de Estados Unidos.

4 Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea http://www.europarl.europa.eu/charter/pdf/text_es.pdf, artículo 10.1

5 Un ejemplo es la página web Manger Bouger www.mangerbouger.fr/pro/IMG/pdf/guide_adolescents-2.pdf, donde el único consejo nutricional ofrecido a un adolescente que considera convertirse al veganismo, es: "No siga esa dieta de ninguna manera."
[El autor es presidente de la Unión Vegetariana Europea, EVU.]
21 de octubre de 2011
©euroveg
cc traducción c. lísperguer

detención y derechos civiles


La frecuencia con que ciudadanos son detenidos por resistirse a la detención lleva a pensar que gran parte de las detenciones pueden ser falsas. Editorial NYT.
La detención de un agente de policía de Nueva York, que fue acusado de violar los derechos civiles de un hombre afroamericano durante una detención, proporciona a los legisladores del estado y a los funcionarios del Ministerio de Justicia una buena razón para investigar si otros miembros de la policía han incurrido en prácticas similares.
El lunes la fiscalía acusó al agente, Michael Daragjati, de violar los derechos constitucionales del hombre al acusarlo falsamente de resistirse a la detención. La querella criminal sugiere lo fácil que es abusar de esa acusación. El año pasado cerca de seis mil neoyorquinos fueron detenidos y acusados de resistirse a la detención como el cargo más grave en su contra, informó la División de Servicios de Justicia Penal del estado de Nueva York.
De acuerdo a la querella presentada en la Corte Federal de Distrito de Brooklyn, mensajes de texto y llamadas telefónicas del agente Daragjati, que fueron interceptadas durante la investigación de otros delitos, lo mostraron inventando hechos y fanfarroneándose de que había "jodido a un negro" y que "no era gran cosa".
El hombre afroamericano caminaba por zona residencial de Staten Island cuando fue detenido, empujado contra una furgoneta estacionada y registrado por el agente Daragjati, que es blanco. El agente no encontró ni drogas ni armas, pero se enfureció cuando el hombre se quejó sobre el modo en que estaba siendo tratado y pidió al agente su nombre y el número de su placa. La fiscalía dice que el agente Daragjati arrestó al hombre, que no se resistió, y falsificó el parte policial, acusando al hombre de resistirse a la detención, que es una falta menor.
La conducta del agente podría haber pasado fácilmente desapercibida si no hubiese estado bajo vigilancia por sospechas de extorsión y fraude de seguros , de lo que también ha sido acusado. Abogados de derechos civiles se han quejado durante largo tiempo sobre las detenciones fabricadas, sobre todo de ciudadanos pertenecientes a minorías étnicas que son atrapados por sistema de justicia penal.
Hace poco el comisionado Raymond Kelly instruyó a la policía no detener a personas por la posesión de pequeñas cantidades de marihuana, a menos que la droga esté visible. Desde mediados de los años noventa, las personas detenidas en posesión de marihuana se cuentan en cientos de miles. Tenemos que saber si este cargo trucho de resistirse a la detención es generalizado.
[La foto viene de Democratic Underground.]
20 de octubre de 2011
18 de octubre de 2011
©new york times
cc traducción c. lísperguer

asesinato fue instigado por senador


‘Don Antonio’ y el crimen del alcalde de Santo Tomás (Atlántico). Un abogado señala a Dieb Maloof de instigar el asesinato del alcalde Nelson Mejía cometido por ‘paras’ en 2004. ‘Don Antonio’ niega la relación del ex senador con el crimen y éste se defiende.
Colombia. Durante una legalización de cargos al ex jefe del Bloque Norte, el abogado defensor de uno de los familiares del asesinado alcalde de Santo Tomás, Nelson Mejía, aseguró que el ex senador Dieb Maloof estuvo detrás del asesinato del político. ‘Don Antonio’ dice que no ha relacionado a Maloof, quien a su vez niega que tuviera algo que ver con ese crimen.
El médico Nelson Mejía Sarmiento había sido alcalde de Santo Tomás en 1995 y fue elegido nuevamente en 2003 con el aval de Colombia Viva, partido que tenía como fundador en Atlántico al entonces senador Dieb Maloof Cuse, condenado por la Corte Suprema de Justicia por sus vínculos con el Bloque Norte de las Auc.
A los pocos meses de su posesión Mejía Sarmiento fue suspendido por una falta disciplinaria que había cometido durante su primer período y al poco tiempo de asumir su cargo empezó a recibir amenazas, por lo que denunció estas intimidaciones y solicitó protección a los organismos de seguridad en el Atlántico.
En la más reciente legalización de cargos contra el ex jefe del Frente, Édgar Ignacio Fierro, alias ‘Don Antonio’, el abogado de uno de los familiares del ex alcalde de Santo Tomás, José Humberto Torres, solicitó que el crimen continuará en la impunidad si no se investigan los que considera los verdaderos autores intelectuales del asesinato de Mejía Sarmiento.
En la audiencia, el abogado reveló que el padre Bernardo Hoyos Montoya contó ante la Corte Suprema de Justicia, que el asesinado líder político le había confesado al ex alcalde de Barranquilla que "temía por su vida".
Citando al padre Hoyos, Mejía supuestamente le aseguró que quien estaba detrás de estas amenazas era el senador Dieb Maloof, quien le exigió que le entregara la contratación de la administración de Santo Tomás, especialmente la de salud.
Torres relató – como supuestamente a su vez le dijo Hoyos- que el entonces Senador le dijo al alcalde Mejía que si no accedía a sus condiciones "se atendría a las consecuencias", exigencias del senador que el alcalde no atendió, agregó el abogado.
VerdadAbierta.com intentó contactar al ex alcalde Hoyos Montoya para verificar si lo contado por Torres fue cierto, pero el político no quiso contestar las llamadas.
Mejía sostuvo ante el Tribunal que conoció por unas fuentes –las cuales no reveló su identidad- que días antes del crimen se realizó una reunión en una oficina del centro de Barranquilla en la que se decidió la orden de asesinar a Mejía. A esa reunión supuestamente asistió el entonces senador Maloof.
A ese encuentro, según las fuentes del abogado, asistieron Eduardo Losada Manotas (socio mayoritario de la desaparecida firma que recaudaba impuestos en Barranquilla -Métodos y Sistemas-, asesinado en julio del mismo año), varios paramilitares a cargo de Édgar Ignacio Fierro alias ‘Don Antonio’, Yuri Frecid Rodríguez Saab conocido como ‘Walter o la Araña’, Jeison Espitia, alias ‘El Zarco’, alias ‘Cáceres’, ‘Diana’, alias ‘Blas’ y Javier Insignares, a quien el abogado señaló de ser el enlace de los paras con la Sijin, el DAS y el Gaula.
Insignares estuvo relacionado con el escándalo de la devolución de una droga por parte de la policía a la Banda de los ‘40’, integrada por oficiales y agentes de la policía activos y en retiro, quienes sucedieron al frente José Pablo Díaz, comandado por ‘Don Antonio’ y ’Jorge 40’.
Mejía Sarmiento había pedido al entonces director del DAS en Atlántico que le diera una cita para hablar sobre medidas de seguridad, por lo que en el momento en el que esperaba que lo atendieran se encontraba almorzando frente a las instalaciones del organismo de seguridad. El abogado sostuvo que el DAS puso la víctima en bandeja de los sicarios de las AUC.

El Proceso
Hasta la fecha y después de más de cuatro años de versiones libres, ’Don Antonio’ sólo reconoció que el autor del asesinato de Mejía había sido Juan Carlos Rodríguez Freyle, alias ‘el Gato’, quien también había asesinado al profesor Alfredo Correa De Andreis, en septiembre de 2004.
El principal argumento de Torres para decir que ‘Don Antonio’ está contando la verdad a medias, a pesar de que se autoincriminó, es que este paramilitar ha dado tres versiones diferentes sobre el asesinato de Mejía y con eso ha ocultado información sobre el autor intelectual del crimen.
A pesar de esta denuncia, los familiares del alcalde asesinado han reaccionado de maneras diversas. Uno de ellos, presente en la legalización del ex jefe paramilitar, solicitó medidas de protección a la Fiscal de Justicia y Paz pero no precisó si lo estaban amenazando.
Otro de los hijos, quien es el jefe de seguridad de Maloof, no respaldó el pedido del abogado Torres.
Entre tanto, ‘Don Antonio’ le dijo a VerdadAbierta.com que nunca ha cambiado su versión sobre los móviles del crimen y que no ha relacionado a Malof porque no tiene nada que ver con el mismo.
El desmovilizado jefe paramilitar le contó a VA que la razón por la que asesinó a Mejía fue porque miembros del Frente le informaron que el alcalde estaba relacionado con un grupo de secuestradores y extorsionistas, pero al final este crimen había sido un error y por este motivo le pidió perdón a sus familiares.
VerdadAbierta.com también contactó al ex senador Maloof, quien en su consultorio médico en Barranquilla estaba acompañado de un concejal de Santo Tomás, Marcos Pérez y un hijo de Mejía, Juan Mejía, quien ahora trabaja como jefe de seguridad del político.
Maloof rechazó los señalamientos de Torres y dijo que "segarle la vida a una persona es algo que va contra mi profesión y mi humanidad de padre y ser humano. Mucho peor, qué beneficio obtendría asesinando a un amigo con quien me unía una amistad profesional, él también era médico. Al matarlo perdíamos la alcaldía, así que no obtuvimos ningún beneficio", dijo el ex senador quien fue condenado por nexos con grupos paramilitares.
"Creo que el doctor José Humberto Torres está sacando conclusiones a partir de especulaciones y si tiene las pruebas que las muestre, pero que no siga especulando", agregó.
Sobre las supuestas amenazas contra el alcalde de Santo Tomás días antes de su muerte y que él estuviera detrás de ellas dijo que: "Es falso decir o afirmar que Nelson Mejía desconfiaba de mí, en primer lugar fue el único municipio en el que un candidato del movimiento había sido elegido alcalde, y él también me había confesado a mí que estaba amenazado y las denuncias se presentaron. Yo también estuve amenazado y quienes realmente sacaron provecho de la presión armada de las autodefensas en Atlántico no fue Colombia Viva, fue otro grupo, pero esas investigaciones deben hacerlas las autoridades competentes", aseguró.
El ex senador también negó que hubiera estado en una reunión en la que se planeara el crimen de Mejía y que no conocía a ninguno de los paramilitares que mencionó el abogado Torres en la audiencia de legalización de cargos contra ‘Don Antonio’.
Además aseguró que el 2 de septiembre de 2010, presentó una denuncia por el delito de extorsión, amenazas, concierto para delinquir, calumnia, fraude procesal, falsa denuncia, falso testimonio, después de recibir varias llamadas y visitas en su consultorio, en las que le exigían pagar un dinero a cambio de no mencionar su nombre en Justicia y Paz por presuntos delitos de lesa humanidad, como homicidio y desaparición forzada y corrupción en la salud.
Aunque Torres no reveló pruebas sobre la relación de Maloof con el crimen del alcalde Mejía en el incidente de reparación de ‘Don Antonio’, pidió que la Corte Suprema investigara su denuncia y que será allí donde descubrirá las evidencias. El abogado también pidió que de probarse que lo dicho por ‘Don Antonio’, no corresponde a la verdad, debería ser excluido de Justicia y Paz.
21 de octubre de 2011
13 de octubre de 2011
cc verdad abierta