murió paul e. sullivan
Analista se ganó un lugar en la historia de los derechos civiles. En un litigio que la Corte Suprema resolvió a su favor, terminó con las restricciones raciales en las piscinas comunitarias.
[Elaine Woo] Murió el analista del Ministerio de Defensa de Estados Unidos que ganó una importante victoria para los derechos civiles en 1969 cuando la Corte Suprema de Estados Unidos falló contra la política de admitir solamente a blancos en la piscina de un club en el condado de Fairfax, Virginia. Tenía 87 años.
Sullivan murió el 14 de marzo, tras complicaciones de un derrame, en el condado de Fairfax, informó la semana pasada su hija Maria Sullivan.
En 1965, Sullivan, que era blanco, se mudó de su casa en la urbanización Bucknell Manor y se la alquiló a Theodore Freeman, un economista afro-americano del Ministerio de Agricultura de Estados Unidos, que vivió allí con su esposa y dos hijos.
Cuando Sullivan compró la casa, incluía el uso de la piscina del club de natación en el Little Hunting Park; el reglamento del club permitía que ese servicio se asignara a inquilinos. Pero cuando los Freeman trataron de usar la piscina, el club se negó a admitirlos. Sullivan, que vivía cerca y era todavía miembro, se quejó ante el directorio, que respondió expulsándolo a él y su familia.
Sullivan estaba indignado. "Hay una comunidad cristiana que habla sobre decencia, honestidad y deportividad, y estaban tratando a la gente de esa manera", dijo al Washington Post algunos años después.
Se convirtió en el principal demandante en la querella de los Freeman, que pedían indemnización y reconocimiento de sus derechos como miembros del club. Sin embargo, el tribunal falló contra ellos, argumentando que el club era privado y por tanto no estaba obligado a acatar las leyes de derechos civiles que regían en los lugares públicos.
Durante los siguientes cuatro años que duró todo el proceso de apelaciones, para Sullivan, su esposa y ocho hijos, no fueron tiempos placenteros. Las llamadas de fanáticos eran constantes, y le volaban el buzón de cartas todos los 4 de julio.
Cuando Sullivan, que era católico, pidió a su sacerdote que diera un sermón sobre el trato discriminatorio que practicaba la piscina del club contra los Freeman, el sacerdote se negó a hacerlo, diciendo que los derechos civiles no eran un asunto de la iglesia. Sullivan dejó de orar allá y se unió a una parroquia predominantemente negra, donde fue un miembro activo por el resto de su vida.
En 1969, el caso fue finalmente visto por la Corte Suprema. Sullivan fue representado por el abogado de derechos civiles, Allison Brown, que alegó que el club del Little Hunting Park violaba una oscura ley del siglo diecinueve -la Ley de Derechos Civiles de 1866-, que garantizaba a los negros los mismos derechos contractuales que a los blancos. Sostuvo que el club no podía negar a los Freeman esos servicios simplemente porque eran negros.
En diciembre de 1969, los jueces resolvieron a favor de Sullivan, en un fallo de 5 a 3. El juez William O. Douglas, que escribió para la mayoría, rechazó el fallo de la corte de Virginia de que el Little Hunting Park tenía una posición especial como club social privado. "En los archivos no hemos encontrado nada que justifique eso", escribió Douglas. "No había ni plan ni propósito de excluir a nadie. Está abierto a todas las personas blancas dentro del área geográfica, no hay procedimientos selectivos, excepto la raza."
Para cuando la corte volvió a resolver, Freeman ya no era inquilino de Sullivan, porque había aceptado una misión en Tokio. Pero como una de las primeras impugnaciones de las prácticas de exclusión en las piscinas, se le atribuyó al caso haber contribuido a eliminar las políticas de restricción racial en otras piscinas comunitarias. En 1973, la Corte Suprema ratificó la decisión Sullivan en un caso que implicó la decisión de una piscina privada de Maryland de no admitir a un doctor negro y su familia.
Pese al hostigamiento de los vecinos, los Sullivan no se marcharon nunca de su casa en el condado de Fairfax County. Egresado del programa de servicio diplomático de la Universidad de Georgetown, trabajó como analista de inteligencia para el Ministerio de Defensa durante treinta años, hasta su jubilación en 1980.
Le sobrevive quien fue su esposa durante 61 años, Flora; cinco hijas; doce nietos; y tres biznietos.
Su determinación de luchar contra las injusticias en su suburbio de Virginia puede haber provenido de sus tempranas experiencias como hijo de inmigrantes irlandeses pobres en Boston, donde nació el 26 de mayo de 1923.
"Cuando vivía en Boston", dijo Maria Sullivan, "los irlandeses eran tratados como negros en el Sur. Se sentía como el cuidador de su hermano."
Pudo volver a ser miembro de la piscina después de que la Corte Suprema fallara a su favor. Su familia retornó alegremente. Pero Sullivan, que había sido un ávido nadador, se negó a acompañarlos y no volvió nunca a nadar ahí.
28 de mayo de 2011
9 de mayo de 2011
©los angeles times
cc traducción mQh
Argentina. La lucha que inició Diego Muniz Barreto en cautiverio y que durante 34 años impulsaron centenares de personas, finalmente rindió su fruto: Luis Abelardo Patti, condenado el mes pasado a prisión perpetua por crímenes de lesa humanidad, comenzó a cumplir su sentencia en una cárcel del Servicio Penitenciario Federal. Luego de casi un año y medio internado en el centro de rehabilitación Fleni de Escobar, los pagos donde en tiempos de impunidad llegó a ser intendente, el torturador y asesino fue trasladado por orden de la Justicia al hospital del Complejo Penitenciario Federal 1 de Ezeiza, donde continuará con su tratamiento de rehabilitación.
[Juan Carlos Tizziani] Argentina. Desde Santa Fe La querella impugnó ayer la resolución del juez federal Reinaldo Rodríguez que elevó al Tribunal Oral de Santa Fe una parte de la causa por el asesinato de Silvia Suppo -para que sean juzgados los dos trapitos detenidos por el homicidio, Rodrigo Sosa y Rodolfo Cóceres sin profundizar la pesquisa de un supuesto crimen por encargo. Rodríguez desdobló el expediente: cerró la investigación sobre los presuntos autores materiales y dejó abierta la posibilidad de indagar en el futuro si también hubo autores ideológicos. La maniobra es idéntica a la que hizo el año pasado su antecesor en la causa, el juez de Rafaela, Alejandro Mognaschi, contradice el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que consagró la competencia federal porque "no se puede descartar" la hipótesis del crimen político y es causal de "nulidad absoluta", plantearon los abogados Lucila Puyol y Guillermo Munné, que representan a los hijos de Suppo. "No es posible que si la Corte ordenó profundizar la pesquisa sobre los responsables del homicidio de Silvia, el primer acto de la justicia federal sean no continuar la investigación respecto de los únicos dos procesados y detenidos en la causa. Esta contradicción con lo dispuesto por la Corte constituye una causal de nulidad absoluta y un agravio que justifica el recurso extraordinario ante el mismo tribunal supremo", advirtieron. En un escrito de siete carillas al que tuvo acceso Rosario/12, los abogados querellantes advirtieron que el desdoblamiento de la investigación va a contrapelo del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que radicó la causa en el Juzgado Federal Nº1 a cargo del doctor Rodríguez. "El 29 de marzo, la Corte dictó una resolución trascendental para la presente causa, que resulta obligatoria para todos los órganos jurisdiccionales inferiores y para todas las partes de este proceso. Expresamente indica: `Que en tanto no puede descartarse que la muerte de Silvia S. Suppo, obstaculice el normal funcionamiento de los tribunales federales en donde tramitan causas en las que se investigan delitos calificados como de lesa humanidad, razones de mejor administración de justicia aconsejan que conozca en estas actuaciones la justicia federal’", recordaron los querellantes. Por lo tanto, "de modo alguno puede eximirse a Cóceres y Sosa de esta investigación ordenada por la Corte". Y mucho menos, si el juez Rodríguez repite lo que ya había hecho el juez Mognaschi, y fue cuestionado "por esta querella" y "por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación", a la que Mognaschi también rechazó como parte querellante en el proceso. "No es posible que si la Corte ordenó profundizar la pesquisa sobre los responsables del homicidio de Silvia, el primer acto de la justicia federal sean no continuar la investigación respecto de los únicos dos procesados y detenidos en la causa. Esta contradicción con lo dispuesto por la Corte constituye una causal de nulidad absoluta y un agravio que justifica el recurso extraordinario ante el mismo tribunal supremo", plantearon Puyol y Munné. "La sentencia de la Corte -recordaron- hizo lugar al requerimiento de esta querella y de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, y rechazó las posturas opuestas sostenidas por Mognaschi que ya habían sido revocadas por la Cámara de Apelaciones de Rafaela. No es admisible que se impongan los criterios rechazados de un juez provincial contra lo decidido por el más alto tribunal, por la vía de darle valor a aquellas decisiones propias de ese criterio rechazado que Mognaschi impulsó sin aguardar la decisión de la Corte sobre el tema". Además -plantearon los abogados "debe ponderarse suficientemente que la competencia federal decidida por la Corte, lo es en la medida que se impulse una imputación de un delito cometido para obstruir la acción de la justicia federal, respecto de crímenes de lesa humanidad cometidos durante la dictadura". Porque de lo contrario, "la competencia para juzgar" el homicidio de Suppo sería la justicia ordinaria, como ya lo advirtió la Cámara Penal de Rafaela. "Ese es el criterio fijado por la Corte respecto de la desaparición de Jorge Julio López, y que se volvió a aplicar respecto de la investigación que debe desarrollarse sobre el homicidio de Silvia Suppo. Y así lo analizó la Cámara de Rafaela". "Un Tribunal Oral Federal no puede juzgar a dos imputados por un homicidio de competencia ordinaria provincial". Porque "esto determinaría también la nulidad absoluta de un juicio oral en sede federal contra Cóceres y Sosa sin imputación del tipo de delito que determina la competencia de excepción federal y que resulta propio de la justicia ordinaria. Un juicio nulo contra estos dos imputados del homicidio de Silvia Suppo, configuraría una grave situación de impunidad que desmentiría las funciones principales que debe brindar el servicio de justicia federal", agregaron. "De modo que el cumplimiento de lo ordenado por la Corte, requiere desarrollar la investigación respecto de Cóceres, Sosa y todo otro responsable del homicidio de Silvia Suppo, sobre la posibilidad de haber sido un crimen cometido para obstruir la acción de la justicia federal respecto de los crímenes de lesa humanidad, declarando nulos los actos opuestos a tal orden como el cierre de la instrucción respecto de Cóceres y Sosa y su elevación a juicio", concluyeron los abogados querellantes.
[Keith Thursby] Murió Dana Wynter, actriz mejor conocida por su papel en la clásica de ciencia ficción ‘Los usurpadores de cuerpos’ [Invasion of the Body Snatchers; La invasión de los ultracuerpos]. Tenía 79 años.
[Margalit Fox] Murió el 29 de abril, en Tucson, la escritora Joanna Russ, que durante cuatro décadas contribuyó a poner en manos de mujeres las criaturas más alienígenas que haya visto nunca el género. Tenía 74 años.
Chile. El escritor y guionista puertomontino René Arcos, reconocido por su trabajo en varias producciones para el cine y la televisión, falleció ayer a los 46 años.
Colombia. Esos resultados se lograron por un convenio que hizo el Ministerio del Interior y Justicia, para coordinar las acciones investigativas de funcionarios del Minisiterio, de Medicina Legal y de la Registraduría Nacional. La tarea de esas dos instituciones estales las llevaron a digitalizar y cotejar 22.689 registros dactilares de personas muertas no identificadas.